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Un Dogo Argentino y un Rottweiler sentados con collar y correa en una vereda de Buenos Aires, junto a la persona que los pasea

Normativa · CABA y Provincia

Qué razas son potencialmente peligrosas y dónde eso te obliga

No hay una ley nacional. En CABA son diecisiete razas; en Provincia, catorce.

Ver el seguro obligatorio ¿Mi perro está en la lista?

Acá están las dos nóminas, en qué se diferencian y qué te obliga cada una. Porque la respuesta cambia según de qué lado de la General Paz vivas.

El listado

Las diecisiete razas del artículo 3

  1. Pit Bull Terrier
  2. Staffordshire Bull Terrier
  3. American Staffordshire Terrier
  4. Dogo Argentino
  5. Fila Brasileño
  6. Tosa Inu
  7. Akita Inu
  8. Doberman
  9. Rottweiler
  10. Bullmastiff
  11. Dogo de Burdeos
  12. Bull Terrier
  13. Gran Perro Japonés
  14. Mastín Napolitano
  15. Presa Canario
  16. Ovejero Alemán
  17. Cane Corso

Estas tres están en la ley porteña pero no en la nómina de la póliza: la obligación de asegurarte existe igual, y la compañía no les suma las cargas extra de sujeción, cerramiento y señalización.

A esas diecisiete la norma suma los perros adiestrados para el ataque, cualquiera sea su raza.

Lo que sorprende

Sí, el ovejero alemán está en la lista

Es la inclusión que más discusión genera. El ovejero alemán —o pastor alemán— es una de las razas más comunes del país, convive con familias en departamentos y en casas de barrio, y la enorme mayoría de sus titulares no sabe que la norma lo alcanza.

Lo mismo pasa con el Cane Corso y el Gran Perro Japonés, que se incorporaron sin la difusión que tuvieron el pitbull o el rottweiler. Estar en la lista no es un juicio sobre el carácter de tu perro: es una clasificación normativa que se apoya en la contextura física y la fuerza de mordida potencial.

Dónde rige cada lista

En Provincia de Buenos Aires la lista es otra

La Ley 14.107 de la Provincia enumera catorce razas, no diecisiete. Y las tres que faltan son las que menos se esperan: ovejero alemán, cane corso y tosa inu no figuran en el anexo provincial.

La diferencia no es sólo de listado. La ley provincial no exige seguro de responsabilidad civil: ningún artículo lo menciona. Pide inscripción en el registro, identificación por chip o tatuaje, correa corta y bozal en la vía pública y cerramiento seguro del inmueble, pero no una póliza. Tampoco tiene la cláusula abierta de «perros adiestrados para el ataque»: su definición es únicamente racial y morfológica.

Dicho en concreto: un ovejero alemán que vive en Caballito está en la nómina y su titular debe contratar seguro. El mismo perro, cruzando la General Paz, no está en la lista provincial y ninguna norma le exige póliza. Si vivís en el conurbano conviene chequear además la ordenanza de tu municipio antes de dar algo por sentado.

Que la ley no te obligue no significa que el riesgo desaparezca. La responsabilidad por los daños que cause tu perro es tuya en todo el país: la fijan los artículos 1757 y 1759 del Código Civil y Comercial, que rigen en las veinticuatro jurisdicciones y no dependen de ninguna lista de razas. La ley de perros peligrosos define quién está obligado a asegurarse; el Código define quién paga si pasa algo. No son lo mismo.

Fuentes: Ley 4078 en el CEDOM y Ley 14.107 en normas.gba.gob.ar.

La tercera lista · la del contrato

La aseguradora tiene su propia nómina

Y tampoco coincide con las dos anteriores: son catorce razas, y las diferencias importan.

En las dos listas

Las catorce de la póliza

Bullmastiff · Doberman · Dogo Argentino · Dogo de Burdeos · Fila Brasileiro · Mastín Napolitano · Pitbull · Presa Canario · Rottweiler · Tosa Inu · Akita Inu · Terrier · Staffordshire Bull Terrier · American Staffordshire.

Más las cruzas con su morfología o su carácter.

Sólo en la ley porteña

Ovejero alemán, cane corso y gran perro japonés

Están en la nómina del artículo 3 y no en la de la póliza. Si vivís en la Ciudad el seguro te sigue siendo obligatorio, pero el contrato no los trata como potencialmente peligrosos.

La diferencia se nota en las obligaciones que suma el contrato a esas catorce razas: sujeción con correa, collar de ahorque o bozal; cerramiento que el animal no pueda atravesar; y señalización visible. No las pide una ley: las pide la póliza, y no cumplirlas puede discutirse en un siniestro.

Hay además una segunda vía que no mira la raza: el animal adiestrado para ataque o defensa, o con episodios de agresividad. Por ahí puede quedar alcanzado un perro que no figura en ninguna lista. Si es tu caso, conviene verlo junto con las nueve coberturas del plan Mascota Protegida.

Fuente: Manual Integral de Mascotas de Federación Patronal Seguros S.A., ramo Riesgos Varios. Las condiciones definitivas son las de tu póliza.

El caso más frecuente

¿Y si mi perro es cruza?

La norma alcanza también a las cruzas de las razas enumeradas. Que tu perro no tenga pedigrí no lo deja afuera: lo que evalúa la autoridad de control son las características del animal.

El artículo 3 no lo deja librado al ojo del inspector: una cruza queda alcanzada cuando reúne más de 20 kilogramos de peso, perímetro torácico de entre 60 y 80 centímetros, cabeza voluminosa y cuello corto, fuerte musculatura, mandíbula grande y boca profunda, y resistencia y carácter marcado.

Con una balanza y una cinta métrica ya tenés la mitad de la respuesta. Si tu perro pasa esos dos números, conviene resolverlo antes de que te lo observen en el Registro y no después.

Qué te obliga · sólo en CABA

Tres obligaciones concretas si vivís en la Ciudad

Inscribirlo en el Registro

El Registro de Propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos de la Ciudad pide datos del titular y del animal, foto, número de microchip y certificado de vacunación antirrábica vigente.

Tener seguro de responsabilidad civil

Lo exige el artículo 9 de la ley, y el Registro pide copia de la póliza para completar la inscripción.

Correa, collar y bozal en la vía pública

La norma exige llevarlo siempre sujeto con correa, con collar y chapa identificatoria, y con bozal.

El incumplimiento cae bajo el Código de Faltas de la Ciudad, con multas que se gradúan entre 500 y 2000 unidades fijas.

Preguntas frecuentes

Lo que más se consulta

¿Esta lista rige en todo el país?

No. La Ley 4078 rige en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. No existe una ley nacional de perros potencialmente peligrosos: cada jurisdicción arma su propio listado y no coinciden entre sí.

¿La aseguradora usa la misma lista de razas que la ley?

No. Federación Patronal define en su manual su propia nómina de mascotas potencialmente peligrosas, y son catorce razas. El ovejero alemán, el cane corso y el gran perro japonés están en la lista de la Ley 4078 de la Ciudad y no en la de la póliza. Eso no te libera de contratar el seguro si vivís en CABA —la obligación la fija el artículo 9—, pero significa que la póliza no te impone las obligaciones extra de sujeción, cerramiento y señalización que sí les exige a esas catorce.

¿En la Provincia de Buenos Aires también es obligatorio el seguro?

No. La Ley 14.107 de la Provincia no exige seguro de responsabilidad civil en ninguno de sus artículos. Pide inscripción en el registro, identificación por chip o tatuaje, correa corta y bozal en la vía pública y cerramiento seguro del inmueble. La obligación de asegurarse existe en la Ciudad, por el artículo 9 de la Ley 4078.

¿Puedo sacarlo de la lista si hizo adiestramiento?

No. La clasificación es por raza, no por conducta. El adiestramiento no modifica la nómina del artículo 3.

¿Qué pasa si no lo inscribo?

El incumplimiento cae bajo el Código de Faltas de la Ciudad, con multas de 500 a 2000 unidades fijas.

¿Dónde consigo el seguro que me piden?

Es una cobertura de responsabilidad civil. Lo explicamos en seguro obligatorio para perros.

¿Dónde puedo leer el texto de la ley?

En el sitio de la Dirección de Información Parlamentaria de la Ciudad y en el Boletín Oficial de CABA. El resumen de lo que exige está en qué dice la Ley 4078.

La obligación de responder por el daño no depende de la raza: surge del Código Civil y Comercial y alcanza a cualquier dueño. Lo explicamos en seguro de responsabilidad civil para perros.

El paso siguiente

Si vivís en CABA y tu perro está en la nómina, te falta la póliza

Es el documento que pide el Registro para inscribirlo. Te pasamos la cotización por WhatsApp.

Ver el seguro obligatorio Que lo veamos juntos

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